Actualización de normativa interna

30/10/2025


La JDM actualizó la reglamentación relativa a las condiciones en que se abonan los gastos de secretaría de ediles/as, determinando que ningún contrato podrá establecer una remuneración inferior a 4 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC), en lugar de los 3 salarios mínimos que regían anteriormente.

Se sustituye, de esta forma, el artículo 4° del numeral 1° de la Resolución de Junta Nº 7.983, que a partir de ahora quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 4.º - Ningún contrato podrá establecer una remuneración inferior a 4 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC). Sin perjuicio de lo expuesto, podrán efectuarse contrataciones a tiempo parcial. En los casos de contratación de funcionarios públicos que hayan sido solicitados en régimen de pase en comisión, podrán establecerse, asimismo, sumas complementarias por diferencias de trabajo. Los contratos podrán establecer diferentes remuneraciones entre los secretarios, a criterio del contratante, con el límite mínimo expuesto precedentemente.”