Comunicados de prensa


21.05.09

Nuevo plazo para refinanciación de deudas con la IMM

El Legislativo Departamental aprobó un decreto que establece un nuevo plazo para la financiación de deudas con el Ejecutivo Comunal. El plazo, que será de noventa días a partir de la promulgación del decreto y que corresponderá a las deudas vencidas al 30 de abril de 2009, se aplicará a los Decretos Nº 32.624, 32.519, 29.999 y 32.818, correspondientes a distintos tributos municipales.
A su vez, el decreto establece una bonificación del 75% del Impuesto a la Edificación Inapropiada o del Impuesto a los Baldíos para los terrenos con edificaciones inconclusas, en los que se pague lo adeudado y cuyas obras se reinicien antes de un año y finalicen antes de tres. También habrá una deducción del 75% de la multa y recargos por mora de todos los tributos adeudados por los inmuebles que se encuentren en las condiciones antes expresadas.
Será de 180 días, el plazo para la reliquidación de “las deudas por concepto de Tasa General Municipal y Tarifa de Saneamiento que corresponde abonar a los ocupantes de unidades habitacionales que forman parte de Cooperativas de Vivienda de Usuarios, por los sistemas de Ahorro y Préstamo y/o Ayuda Mutua y de Fondos Sociales de Vivienda…”. Se les aplicará “un descuento del 75% en la multa y recargos acumulados hasta la fecha de su reembolso o de la suscripción del convenio de pago respectivo. La deuda así reliquidada no podrá superar el 75% del capital integrado por el socio deudor o el valor de la unidad habitacional según corresponda”. Para la obtención del beneficio se deberá contar con el aval de la respectiva Cooperativa o Fondo Social de Vivienda.