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Comunicados de prensa
14.05.09
Exoneraciones tributarias a organizaciones
La Junta Departamental de Montevideo aprobó diferentes exoneraciones a las siguientes organizaciones:
• Parroquia Armenia Católica Nuestra Señora Bzomar: el pago del tributo de Patente de Rodados que afecta a un vehículo de su propiedad.
• Fundación Quebracho – Promoción en Comunidades Rurales: el pago del tributo de Patente de Rodados que afecta a un vehículo de su propiedad.
• Círculo de Promoción y Solidaridad: el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a un inmueble de su propiedad.
• Asociación Nacional para el Niño Lisiado: el pago del tributo de Patente de Rodados que afecta a varios vehículos de su propiedad.
• Asociación Civil Acción Promocional “18 de julio”: el pago del tributo de Patente de Rodados que afecta a varios vehículos de su propiedad.
• Instituto de Enseñanza y Religioso “Sociedad La Torre del Vigía”: el pago del tributo de Patente de Rodados que afecta a varios vehículos de su propiedad.
• Asociación Civil Pro Recuperación del Inválido (APRI): el pago del tributo de Patente de Rodado que afecta a varios vehículos de su propiedad.
• Asociación Cristiana de Jóvenes: el pago del tributo de Patente de Rodado que afecta a un vehículo de su propiedad.
• Asociación Civil “Instituto Cristiano Evangélico de Educación Bethesda”: el pago del tributo de Patente de Rodados que afecta a un vehículo de su propiedad.
• Comisión de las Comunidades Europeas: el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a un inmueble de su propiedad.
• Centro de Almaceneros Minoristas, Baristas y Afines del Uruguay (CAMBADU): el pago del 75% impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a dos inmuebles de su propiedad y del 100% en el caso de otro inmueble que les pertenece.
• Asociación Cultural “Bienestar Social”: el pago del tributo de Patente de Rodados que afecta a varios vehículos de su propiedad.
• Asociación Uruguaya de Enfermedades Musculares: el pago del tributo de Patente de Rodados que afecta a varios vehículos de su propiedad.
• Cámara de la Industria Hotelera Turística del Uruguay y Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay: el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que afecta a los hoteles afiliados a ambas instituciones.
• Asociación Civil “El Camarín”: el pago de la Tasa por Entarimado y de la Tasa de Demolición correspondientes a un inmueble de su propiedad.
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