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Comunicados de prensa
18.12.08
Reglamentación para las ferias permanentes
La Junta Departamental de Montevideo reglamentó el funcionamiento de las ferias permanentes con miras a la optimización de las mismas. Estas deberán estar conformadas por permisarios debidamente autorizados, comercializar rubros permitidos por dicha reglamentación, ser instaladas a iniciativa de los vecinos o del Ejecutivo Comunal y funcionar de lunes a sábados de 9 a 20:00 horas.
Este reglamento establece criterios generales, de fiscalización, de adjudicación, de medidas de los puestos, prohibiciones y sanciones, entre otras disposiciones generales. Entre las modificaciones que propone, se destaca la incorporación de un sistema para la reinserción social y laboral de personas que hayan estado presas: un 10% de las nuevas adjudicaciones se distribuirá entre aquellos que estuvieron privados de libertad.
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