Exp. 2005-0670

 

RESOLUCION N° 9.129

 

VISTO: la nota presentada por la Asociación de Funcionarios del Legislativo Comunal (AFULECOM), en la que solicitan que el día 14 de diciembre, “Día del Funcionario de la Junta Departamental de Montevideo”, sea declarado no laborable;

 

RESULTANDO: I) que la Resolución N° 4.430 de 27 de octubre de 1988, en su numeral 1°  manifiesta que dicho día será laborable;

 

                                          II) que por Decreto Municipal de fecha 23 de abril de 1954 se declara día de asueto para el funcionario municipal, el 24 de abril de todos los años, con motivo de celebrarse el “Día de los Municipios de las Américas”; 

 

                                         III) los funcionarios de la Junta Departamental de Montevideo tienen asueto en igual condición que los funcionarios municipales;

 

CONSIDERANDO: I) que de ser declarado no laborable el día 14 de diciembre de todos los años para los funcionarios del Organismo, los mismos tendrían dos días de asueto en el año, lo que se entiende no condice con el espíritu del legislador al sancionar la Resolución N° 4.430;

 

                                                II) que consultada la Asociación de Funcionarios, ésta se manifiesta de acuerdo con la apreciación de la comisión de Asuntos Internos, y expresa su aspiración que sea declarado de asueto no laborable el día 14 de diciembre;

 

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

 

 

LA  JUNTA  DEPARTAMENTAL  DE  MONTEVIDEO,

 

R  E  S  U  E  L  V  E;

 

 

            1°.-      Declarar el día 14 de diciembre de todos los años como día del Funcionario de la         Junta Departamental de Montevideo, dicho día será no laborable.

 

            2°.-      El día 24 de abril de todos los años se realizará un Acto de Homenaje, en el      cual se le entregarán medallas a los funcionarios del Cuerpo, que cumplan 30      años de actividad en la Junta Departamental.

            3°.-      Cuando el día 24 de abril coincida con un día no laborable, dicho acto se realizará      el primer día hábil siguiente.

 

4°.-      Derógase en todos sus términos la Resolución de la Junta Departamental de Montevideo N° 4.430 de 27 de octubre de 1988.

 

5°.-      Hágase saber.

 

            SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CINCO.

 

 

 

CR. JORGE SIMON

Secretario General

 

JORGE MERONI

Presidente