Exp. Nº 2009 / 0728

 

 

RESOLUCIÓN Nº 10.562

 

 

               VISTO: la situación de déficit que enfrenta el sistema energético del país;

 

               CONSIDERANDO: que este Cuerpo Legislativo debe contribuir sin demora con la racionalización del consumo de energía eléctrica, como forma de atenuar las dificultades existentes, por lo que conjuntamente con el horario de 16:00 a 18:00, dispuesto para las sesiones del Cuerpo por Resolución 10.541 de 30 de abril de 2009, deben adoptarse medidas de ahorro, entre ellas la de disponer un horario de funcionamiento extraordinario para las oficinas, en el cual se disminuya a los mínimos imprescindibles la utilización de iluminación artificial;

 

               ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

 

 

 

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO,

 

R E S U E L V E:

 

 

 

1º-                Establecer el horario de 12:30 a 18:30 horas para el funcionamiento de las oficinas de la Corporación, a partir del día 1° de junio de 2009.

 

2º-                La Mesa, en acuerdo con la Secretaría General, instrumentará las medidas necesarias que contribuyan a materializar un efectivo ahorro de energía eléctrica, sin perjuicio de lo cual se exhorta en forma urgente a todas las personas que desarrollan funciones dentro del edificio de la Corporación a prestar la máxima cooperación en procura del ahorro que se trata.

 

3º-                Comuníquese al Poder Ejecutivo y a la Intendencia Municipal de Montevideo.

 

4º-                Pase al Departamento de Recursos Humanos para que, con urgente diligenciamiento, notifique a todos los funcionarios. Cumplido, pase a la Secretaría General.

           

            SALA DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

 

 

GASTÓN SILVA

Presidente

 
ALEJANDRO SÁNCHEZ

Secretario General