Exp. Nº 2009 / 0783
DECRETO Nº
32.996
LA JUNTA
DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO,
D E
C R E
T A:
Artículo 1º-
Facúltase a la Intendencia Municipal
de Montevideo, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. D.8 y D.40 (modificación
cualificada) del Decreto N° 28.242 “Plan Montevideo”, a autorizar a no contar
con las plazas de estacionamiento requeridas al emprendimiento con destino
hotel, en el bien inmueble empadronado con el N° 4.361, ubicado con frente a la
calle Sarandí N° 600, entre las calles Juan Carlos Gómez e Ituzaingó.
Artículo 2º-
Establécese que los solicitantes
deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del permiso ante el Servicio
de Contralor de la Edificación.
Artículo 3º-
Condiciónanse los eventuales
incentivos a la inversión a la propuesta de solución de las plazas de
estacionamiento, a una distancia no mayor de 300 (trescientos) metros del
Hotel, la que será coordinada con la Oficina de Gestión del Plan Montevideo.
Artículo 4º-
Comuníquese.
SALA
DE SESIONES DE LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE MONTEVIDEO, A LOS NUEVE DÍAS DEL MES
DE JULIO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
Presidente Secretario
General
GASTÓN SILVA
ALEJANDRO SÁNCHEZ